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Publicado en “Clarín”, Buenos Aires, 8 de enero de 2012

VIOLENCIA DE GÉNERO

Prejuicios e ignorancia en la Justicia todavía perjudican a las mujeres

Surge de un estudio de la Defensoría General de la Nación y expertos consultados.

Sibila Camps

Una mujer denuncia amenazas de muerte por parte de su ex pareja, pero para el juez son sólo palabras; a veces, esas palabras se convierten en hechos. Otra mujer denuncia golpizas diarias por parte de su marido, pero el magistrado interpreta que la justicia no debe inmiscuirse.

Otra mujer denuncia haber sido violada por un hombre que la atacó en la calle, pero el tribunal oral lo absuelve por dudas, por ser la víctima una mujer prostituida.

Varias de estas situaciones se analizan en el estudio Discriminación de género en las decisiones judiciales, publicado en 2010 por la Defensoría General de la Nación. Pero casos similares se han hecho públicos en diciembre, incluso con el peor final. Según las especialistas consultadas , no es que haya más fallos que perjudican a las mujeres, sino que, junto con los episodios de violencia de género, se han hecho más visibles.

La Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia inició en 2011 un plan para incorporar la perspectiva de género en todo el Poder Judicial del país, que ya lleva realizados 450 talleres. La coordinadora de las capacitaciones, Flora Acselrad, admite que hay resistencias, “como si la perspectiva de género fuera una ideología a la cual uno pudiera adherir o no. Todavía persisten muchos prejuicios, lo que implica ignorancia de las leyes: la CEDAW habla de erradicar los estereotipos”.

Acselrad se refiere a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que tiene rango constitucional. “Partimos de la base de que los jueces ya la conocen. El problema es que, aún conociéndola, no ven cómo aplicarla, porque no visualizan que es una cuestión de género”, observa. Y da un ejemplo: “Persiste el prejuicio de que ciertas peleas deben resolverse en el ámbito privado, y que la justicia no puede intervenir.

Y se desatienden y archivan denuncias por amenazas, porque los jueces minimizan la cuestión”.

En el diagnóstico previo a la creación de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte se advirtió que ante denuncias de lesiones leves, “en todos los casos en que había un vínculo afectivo, la fiscalía pedía que la causa se archivara por falta de testigos presenciales, o por pensar que la aplicación del derecho penal iba a traer más conflictos –señala la doctora Analía Monferrer, a cargo de la OVD–. Se busca preservar la vinculación legal de la familia para la sociedad, como si fuera un valor a proteger por encima de los individuos que conforman ese grupo familiar”. Un concepto que fundamenta la cuestionada figura del avenimiento, que en diciembre facilitó el femicidio de Carla Figueroa, en manos de su pareja y flamante marido.

“Hay muchos abusos sexuales calificados, pero cuando hay violencia familiar con abuso sexual, no se investiga seriamente, lo que contrasta cuando el acusado es un extraño”, señala la licenciada Ra quel Asensio, quien participó en el estudio de la Defensoría. “Cuando se tiene perspectiva de género, se acotan las posibilidades de interpretación, como no conceder la probation si hubo violencia, ni sentar a una víctima con su victimario”, acota la doctora Acselrad.

Si bien algunos fueros y jurisdicciones aún se resisten a cumplir con las obligaciones impuestas por la CEDAW, ya comienzan a verse fallos que sí las incorporan.

“Antes era un hombre que había matado a una mujer. Ahora hay un agregado referido a la violencia de género”, apunta Acselrad.

La Comisión de Género de la Defensoría organiza cursos obligatorios de formación; y se busca que en el Consejo de la Magistratura, los aspirantes a jueces sean evaluados también según este criterio. Sin embargo, en las facultades de Derecho son escasos los docentes que lo transmiten. En la UBA es optativo el curso de derecho penal y género, ofrecido en la cátedra del doctor Edmundo Hendler. “Es necesario que todos los profesores reflexionen sobre cómo afectan las normas a las mujeres, no sólo su diseño, sino también cómo se aplican”, sostiene Julieta Di Corleto, docente del curso.

Esto vale también cuando son mujeres las acusadas. “En el análisis de género hay que considerar el contexto, y la situación de discriminación general que lleva a pensar en cuáles son las motivaciones de determinadas conductas delictivas”, concluye Di Corleto.

http://www.clarin.com/sociedad/Prejuicios-ignorancia-Justicia-perjudican-mujeres_0_623937717.html
     
 


Un delito “natural”

 

La Oficina de la Mujer de la Corte Suprema sumó hace pocos meses la capacitación en trata de personas con fines de explotación sexual. La Ley de Profilaxis, que prohíbe los prostíbulos y la explotación sexual, data de 1936; sin embargo, “la falta de perspectiva de género hace que no se investiguen estos lugares, porque no se visualiza el delito: no consideran que haya algo malo”, destaca la doctora Flora Acselrad, quien hace notar la inundación de volantes de oferta sexual paga en la zona de Tribunales.

Esa naturalización del delito se apoya en la prostitución, que la abogada define como “un resabio del patriarcado”, desarrollado a partir “del aprovechamiento de la condición de vulnerabilidad de las mujeres”. Y da un ejemplo frecuente en el ámbito judicial: “Muchas veces se pregunta a la víctima de trata si ha prestado su consentimiento, es decir, si consintió o no en ser explotada sexualmente”.

 
  http://www.clarin.com/sociedad/delito-natural_0_623937715.html  
 
 

Estereotipos discriminatorios

Mujer honesta. Las normas que castigan los delitos sexuales buscan proteger la integridad sexual de las víctimas, y no su honestidad. Pero muchos jueces indagan en la conducta previa o la historia sexual de la víctima, como si sólo debiera protegerse a las “mujeres honestas”.

Mujer mendaz. “Remite a los estereotipos según los cuales ‘las mujeres no saben lo que quieren’, o bien ‘cuando las mujeres dicen no, en realidad quieren decir sí’, que se utilizan para construir la sospecha de que las mujeres mienten cuando denuncian un abuso sexual”, y la víctima termina siendo investigada.

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Casos

Fue liberado y la mató. Marcelo Tomaselli estaba preso por violar a su ex pareja, Carla Figueroa. Meses después, ella hizo un pedido de avenimiento (perdón que extingue la acción penal). Rechazado en primera instancia, se lo otorgó el Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa. El 2 de diciembre, a 8 días de ser liberado, la asesinó.

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